¿Puedes andar en moto cuando nieva? La aclaración de Assogomma

Prohibición de circular con vehículos de dos ruedas en caso de nieve en el suelo

¿Puedes andar en moto cuando nieva? La aclaración de Assogomma ¿Puedes andar en moto cuando nieva? La aclaración de Assogomma

Muchos motociclistas no abandonan el uso de sus vehículos de dos ruedas durante la temporada invernal. Pero ¿qué dice la normativa para la circulación de motos y motos en la época más fría del año? Por ejemplo, ¿Se puede viajar con motos y scooters cuando nieva?

La respuesta es negativa: En caso de nieve en el suelo, las motos no pueden circular.. Una prohibición que, como recordarán assogoma aportando algunas aclaraciones útiles al respecto, responde a una lógica de sentido común, dado que sobre una superficie resbaladiza como la nevada no es posible mantener el equilibrio y viajar con seguridad apoyándose únicamente en dos ruedas. 

La directiva del 16 de enero de 2013

Assogomma, subrayando que los motociclistas no están obligados a llevar neumáticos de invierno ni cadenas durante el período invernal, como sí se prescribe para los automóviles, explica que en caso de nieve en el suelo no pueden circular, recordando a este respecto la directiva de 16 de enero de 2013. Este último establece que durante el período en que estén vigentes las Ordenanzas de Invierno, los ciclomotores y motocicletas de dos ruedas sólo podrán circular en ausencia de nieve o hielo en la calzada y en ausencia de fenómenos de nieve en curso. Sin embargo, si nieva, no podrán viajar, independientemente de que tengan neumáticos montados. neumáticos marcados M+S.

La marca M+S – “Mud & Snow”, traducida del inglés “mud and snow”, es una autocertificación del fabricante de neumáticos que se puede mostrar en diferentes tipos de neumáticos como: motocicletas, automóviles, vehículos pesados. En el caso de los vehículos de dos ruedas, esta marca indica que el neumático es apto únicamente para circular sobre barro y, en general, para un uso todoterreno, ni siquiera en superficies nevadas.

Assogomma resume su aclaración en Tres puntos:

– Es posible ensamblar y circular durante todo el año con motocicletas equipadas con neumáticos marcados M+S siempre que tengan características dimensionales y de desempeño idénticas a las reportadas en el certificado de matriculación, a menos que haya nieve en el suelo o nevadas en curso. En este caso, queda prohibida la circulación.

– Es posible montar y circular con motocicletas equipadas con neumáticos marcados M+S con código de velocidad rebajado siempre que sea para un uso ocasional o temporal. En este caso, deberá colocarse una placa de advertencia que informe al conductor de la velocidad máxima permitida. Este equipo no requiere actualización del certificado de registro ni autorización del fabricante.

– Si desea utilizar neumáticos de medidas y prestaciones no indicadas en el documento de matriculación, deberá ponerse en contacto con el fabricante del vehículo de motor, quien le proporcionará el seguro formal correspondiente. Sólo el fabricante del vehículo de motor, y no el fabricante ni el minorista del neumático, puede autorizar un equipamiento alternativo al previsto en el documento de matriculación.

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